La Junta de Andalucía aprueba las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, por el Instituto Andaluz de la Juventud, a personas jóvenes andaluzas o residentes en Andalucía, para poner en funcionamiento proyectos empresariales en Andalucía (Programa «Innovactiva 6000»).
Beneficiarios: personas jóvenes andaluzas o residentes de Andalucía, mayores de 18 y hasta 35 años (40 años en proyectos empresariales agrícolas o ganaderos), inclusive, que:
a) Tengan, al menos, el Título de Educación Secundaria Obligatoria o certificado de profesionalidad de cualquier familia profesional.
b) No hayan sido personas beneficiarias de estas subvenciones en convocatorias anteriores.
c) No podrán solicitar las subvenciones las personas que hubiesen presentado su renuncia antes de formularse la Resolución de concesión definitiva, durante las tres convocatorias siguientes.
Plazo: el plazo de presentación de solicitudes se establecerá en la convocatoria.
Modificaciones respecto a otros años:
- Se incluyen nuevos gastos subvencionables necesarios y directamente relacionados con la puesta en marcha de una empresa (gastos de instalación, creación y desarrollo de página web, creación y diseño de imagen corporativa).
- Se ha llevado a cabo una flexibilización de los requisitos que deben tener las personas beneficiarias, incluyendo en el ámbito de la titulación, el título de Educación Secundaria Obligatoria.
- Dentro del apartado de los requisitos también se amplía la edad de los beneficiarios hasta los 40 años, para el supuesto de proyectos empresariales en el ámbito agrícola-ganadero.
- Se incluye como criterio de valoración, la contribución de los proyectos empresariales a la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
- Se ha eliminado el criterio de valoración consistente en proyectos aprobados por cátedras o aulas de personas emprendedoras.
- La necesidad de que el proyecto sea calificado como viable por la Comisión Provincial de Valoración, con el objetivo de garantizar la eficacia de las ayudas concedidas.
- Se ha igualado el plazo de ejecución en el caso de personas trabajadoras autónomas y de empresas con forma jurídica societaria, que queda establecido en seis meses desde la fecha de inicio marcada en la solicitud.
- Se aumenta la cuantía máxima de la subvención, que pasa de 6.000 a 9.000 euros
Innovactiva permite la concesión de subvenciones a personas jóvenes que se constituyan en personas trabajadoras autónomas o alguna de las formas jurídicas de tipo societario para la puesta en marcha de un proyecto empresarial en alguna de las áreas de actividad prioritarias establecidas: 1. Movilidad y logística, 2. Industria, 3. Recursos endógenos, 4. Turismo, cultura y ocio, 5. Salud, educación y bienestar social, 6. Agroindustria y alimentación saludable, 7. Energías renovables, eficiencia energética y construcción sostenible y 8. TIC y Economía digital y otros servicios digitales.