Se han convocado las subvenciones de la línea 4 y 5 para conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Andalucía:
Línea 4 . Subvenciones para la contratación realizada por personas trabajadoras autónomas con hijos o hijas menores de 3 años a su cargo para que trabajen en su actividad económica o profesional.
Os adjunto convocatoria, extracto y enlaces para ver bases y enlaces para tramitación.
Enlace para línea 4
La línea 4 incentiva con 6.000 euros a las personas trabajadoras autónomas con hijos o hijas menores de 3 años a su cargo que contraten a personas en desempleo durante 12 meses, o la parte proporcional que corresponda como máximo hasta que el hijo o hija cumpla 3 años, para que desarrollen su actividad económica o profesional, mientras cuidan de sus hijos o hijas, ya sea por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente. La contratación podrá ser bajo cualquier modalidad, a jornada completa o tiempo parcial, pero no inferior a 20 horas semanales.
La contratación deberá suponer, además, un incremento de plantilla contratada con carácter indefinido respecto al mes natural anterior. La cuantía de la subvención se adaptará proporcionalmente a la jornada en los casos en los que la contratación sea a tiempo parcial. Los 6.000 euros pueden elevarse hasta los 7.200 euros en los casos en los que la persona desempleada contratada sea mujer, hombre menor de 30 años, persona con discapacidad superior al 33% o víctima de violencia de género o terrorismo.
La línea 5 está dirigida a facilitar la sustitución en sus negocios de las mujeres trabajadoras autónomas en los supuestos de riesgo durante el embarazo y en los periodos de descanso por nacimiento de hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar.
Enlace para línea 5
La cuantía subvencionable es de 3.200 euros para el contrato de interinidad (denominado tras la reforma laboral del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, contrato de sustitución), en los supuestos de riesgo durante el embarazo, a jornada completa, por un periodo máximo de ocho meses.
En los periodos de descanso por nacimiento de hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar, se contempla un incentivo a la contratación a jornada completa de 1.700 euros por un periodo de 16 semanas, y de 1.900 euros por un periodo de 18 semanas para aquellos supuestos que contemple la Ley General de la Seguridad Social en relación con el Estatuto de los Trabajadores.
Estas cuantías se pueden incrementar en un 50% en los mismos supuestos de la línea 4 (que la persona contratada sea mujer, hombre menor de 30 años, persona con discapacidad igual o superior al 33% o víctima de violencia de género o terrorismo). Asimismo, las cuantías se adaptarán proporcionalmente a la jornada resultante cuando el contrato sea a tiempo parcial, estableciéndose la duración mínima en 20 horas semanales.
Esta convocatoria se une a los distintos incentivos dirigidos al colectivo de personas trabajadoras autónomas de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo que se irán convocando en los próximos meses, como la ayuda para el inicio de actividad, las ayudas destinadas a la modernización en su actividad, la denominada «Cuota Cero», o las ayudas para la promoción del trabajo autónomo destinadas a entidades.