Programa de Capacidades Emprendedoras para el impulso del «Programa de Aceleración de Startups»

Emprendimiento

El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo publica las bases reguladoras de la concesión de ayudas a través del Programa de Capacidades Emprendedoras para el impulso del «Programa de Aceleración de Startups».

Beneficiarios: las startups con personalidad jurídica propia en España y estén legalmente constituidas y debidamente inscritas en el registro correspondiente. Deberán además cumplir con los siguientes requisitos: 

a) Que estén inscritas en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y demostrar tener la antigüedad máxima que se establezca en las convocatorias. 

b) Que tengan su domicilio fiscal y su principal centro operativo en España y mantenerlos, al menos, durante el periodo de prestación de las actividades objeto de subvención. 

c) Que cumplan con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en lo referente a los requisitos para obtener la condición de beneficiaria, no pudiendo estar incursas en algunas de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la misma ley. 

d) Que no tengan deudas por reintegro de ayudas o préstamos con la Administración.

Plazo: pendiente de publicarse la correspondiente convocatoria.

Las ayudas contempladas en la presente orden se concederán en la modalidad de concurrencia no competitiva, por orden de presentación de solicitudes.

Se entiende por startup a empresas de reciente creación, cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de inscripción en el Registro Mercantil de la escritura pública de constitución, o de siete en el caso de empresas de biotecnología, energía, o industriales, que cumplan los siguientes requisitos:
a) No haber surgido de una operación de fusión, escisión o transformación. Los términos concentración o segregación se consideran incluidos en las anteriores operaciones.
b) Tener su sede social, domicilio social o establecimiento permanente en España.
c) El 60 por ciento de la plantilla deberá tener un contrato laboral en España o contratos mercantiles en el ámbito de la Unión europea.
d) Ser una empresa innovadora, entendiendo por empresa innovadora aquella que tenga por finalidad resolver un problema o mejorar una situación existente mediante el desarrollo de productos, servicios o procesos nuevos o mejorados sustancialmente en comparación con el estado de la técnica y que lleven implícito un riesgo de fracaso tecnológico o industrial.
e) No distribuir ni haber distribuido dividendos.
f) No cotizar en un mercado regulado ni en un sistema multilateral de negociación.
g) Cualquier otro requisito que se exija legalmente para definir el concepto de startup o empresa emergente, que se incluirá en las correspondientes convocatorias.

El objetivo del Programa es impulsar el crecimiento y desarrollo de startups, conforme a dos modalidades de actuación (regional y sectorial) que se describen a continuación:
a) Los Programas de Aceleración de Startups Regionales son de ámbito autonómico y multisectorial. Su objetivo es facilitar a startups de una comunidad autónoma, actividades de asesoramiento multisectoriales orientadas a hacer crecer significativamente sus negocios. Se celebrará con anterioridad un protocolo de colaboración con la comunidad autónoma correspondiente, que permita de forma voluntaria coordinar la gestión de las propias convocatorias seleccionando sectores preferentes de atención.
Dichas actividades se adecuarán a las necesidades del territorio y a su Estrategia Regional de Especialización Inteligente (RIS3), involucrando al tejido empresarial, a la grandes empresas y empresas tractoras locales. Estas actividades de aceleración tendrán una duración estimada de 5 meses para cada startup beneficiaria.
El Plan de Aceleración en esta modalidad constará de tres fases:
1.º Programa de formación.
2.º Programa de aceleración.
3.º Conexión con el tejido empresarial local y «networking».
El contenido mínimo que debe contener el Plan de Aceleración prestado a cada startup se detalla en el anexo de esta orden.
b) Los Programas de Aceleración de Startups Sectoriales son de ámbito nacional y especialización sectorial. Su objetivo es permitir a startups de todo el territorio nacional acceder a actividades de asesoramiento especializado en cada sector, orientado a hacer crecer significativamente sus negocios.
Dichas actividades involucrarán al tejido empresarial del sector, especialmente a la grandes empresas y empresas tractoras del sector. Estas actividades tendrán una duración estimada de cinco meses por cada startup beneficiaria.
El Plan de Aceleración en esta modalidad constará de tres fases:
1.º Programa de formación.
2.º Programa de aceleración.
3.º Conexión con el tejido empresarial sectorial.
El contenido mínimo que debe contener el Plan de Aceleración prestado a cada startup se detalla en el anexo de esta orden.


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