Ayudas nuevos autónomos Junta de Andalucía

Emprendimiento

El 23 de abril se abre el plazo para la solicitud de ayudas al autónomo. Os escribo las características principales de esta ayuda:

Medidas:

a) Estabilización de la iniciativa emprendedora para mujeres trabajadoras autónomas menores de 35 años. Cuantía de subvención 5000 euros.

b) Estabilización de la iniciativa emprendedora para hombres trabajadores autónomos menores de 30 años. Cuantía de subvención 5000 euros.

c) Estabilización de la iniciativa emprendedora para mujeres trabajadoras autónomas de 35 años o más. Cuantía de subvención 3800 euros.

d) Estabilización de la iniciativa emprendedora para hombres trabajadores autónomos de 30 años o más. Cuantía de subvención 3800 euros.

En el caso de que las personas beneficiarias (mujeres menores de 35 y hombres menores de 30 años) residan en municipios de Andalucía, de menos de 10.000 habitantes, la subvención será a tanto alzado, por importe de 5.000 euros.

Personas beneficiarias.

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones convocadas mediante la presente Resolución, las personas trabajadoras autónomas que cumplan los requisitos siguientes:

a) Las personas trabajadoras autónomas con residencia y domicilio fiscal en Andalucía.

b) Que en la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda sean beneficiarias de la cuota reducida del RETA, regulada en los artículos 31.1 y 2 o 32.1 y 2, de la Ley 20/2007, de 11 de julio, y la mantengan, a esa fecha, con una antigüedad de entre uno y tres meses.

d) Que no hayan resultado beneficiarias de las subvenciones o ayudas reguladas por la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de trabajo autónomo, que se establezcan en las correspondientes convocatorias que de esta Línea de subvenciones se realicen.

Plazo de presentación de solicitudes.

23 de abril a 1 de octubre de 2021

Medio de presentación.

Únicamente de forma telemática con certificado digital, a través del siguiente enlace:

https://www.cem.junta-andalucia.es/empleoformacionytrabajoautonomo/ovorion.html

Os recomiendo tener la documentación descargada antes de comenzar con la solicitud, para así, poder hacerlo de una sola vez más rápido.

Obligaciones.

Mantener de forma ininterrumpida su alta en RETA durante al menos 1 año, a contar desde el día siguiente a la presentación de la solicitud.

Documentación a adjuntar con la solicitud

  1. DNI/NIE+pasaporte
  2. 037/036/DUE
  3. Informe de vida laboral actualizado
  4. Certificado de empadronamiento (si residencia en municipio de menos de 10.000 habitantes)
  5. Certificado «Idc/cp-100. Informe de Datos para la Cotización/Trabajadores por Cuenta Propia-Información por Período de Liquidación», emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social, del mes anterior.

Se trata de ayudas con un presupuesto limitado, que se van concediendo por estricto orden de llegada (siempre que se cumplan los requisitos). Por lo que os aconsejo pedirlas lo antes posible, una vez que llevéis mínimo 1 mes de alta, sin esperar a cumplir más días.

Os copio los enlaces de las bases y la convocatoria por si queréis echarle un ojo:

Enlace a la Resolución: https://www.juntadeandalucia.es/boja/2021/75/BOJA21-075-00011-6468-01_00190358.pdf

Enlace al Extracto: https://www.juntadeandalucia.es/boja/2021/75/BOJA21-075-00003-6469-01_00190359.pdf Enlace a las Bases Reguladoras: https://www.juntadeandalucia.es/boja/2018/187/BOJA18-187-00034-15623-01_00142896.pdf

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