Requisitos:
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones:
a) Las personas físicas o jurídicas (micro, mediana o pequeña empresa) que precisen ayuda para los gastos ocasionados desde el 14 de marzo hasta el 31 de octubre de 2020 relativos a:
b) Que estén dadas de alta en el Registro Censal en los epígrafes comprendidos en el grupo 67 de restaurantes, bares, cafeterías y catering (excepto el 673.1 bares de categoría especial).
c) Que tengan su domicilio fiscal y desarrollen su actividad en la provincia de Málaga.
d) Y cumplir los requisitos generales para la obtener la condición de beneficiarios y el régimen de prohibiciones establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Documentación a presentar con la solicitud (Anexo I):
Los documentos serán originales, copias auténticas o copias autenticadas.
Lugar de presentación de solicitudes de subvención:
Procedimiento de concesión:
Solo se admitirá la presentación de una solicitud por solicitante.
Subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva (por orden de presentación de solicitud, hasta agotar el presupuesto disponible)
El plazo máximo de resolución será de tres meses desde la presentación de la solicitud, siendo el silencio negativo.
Importe de la subvención y abono:
La cuantía máxima no podrá ser superior a 6.000 euros.
El abono de la subvención se realizará con carácter anticipado a la justificación, una vez aprobada la resolución de concesión, previa comprobación de que el beneficiario se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias.
Obligaciones de los beneficiarios:
Las personas beneficiarias vendrán obligadas a: la justificación de la subvención concedida; cumplir el objetivo, realizar la actividad; acreditar las medidas de difusión adoptadas acerca de la participación de la Diputación en la financiación de la actuación; facilitar cuantos datos e información, en cuestiones relacionadas con la subvención concedida, les sean requeridos por la Diputación; comunicar a la Diputación la obtención de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad y aportar cuanta documentación se considere necesaria para la correcta gestión y justificación de la subvención.
Plazo de ejecución: 31 de octubre de 2020.
Plazo de justificación: 31 de marzo de 2021.
Plazo de Presentación: pendiente de convocatoria.