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Ayudas al alquiler y para el ocio nocturno e infantil en Andalucía

septiembre 23, 2020JonPlazaEmprendimientoNo comments

La Junta de Andalucía aprueba las ayudas al alquiler de 900 euros para autónomos; para la línea 1, y de hasta 1.200 para el ocio nocturno e infantil; para la línea 2, al valorar las pérdidas económicas que están sufriendo por el cierre continuado de sus negocios.

El presupuesto es de 9 millones de euros, 7 para la línea 1, y 2 para la línea 2; con lo que los beneficiarios llegarán a unos 9.000 empresari@s individuales (no autónomos societarios).

Beneficiarios:

Trabajadores por cuenta propia o autónomos que desarrollen su actividad en un local de negocio, establecimiento arrendado en Andalucía, y que especialmente se hayan visto afectados por las graves consecuencias económicas generadas por esta pandemia.

Requisitos:

  • Domicilio social en Andalucía, aportando modelos 036/037 o el DUE.
  • Alta en el Régimen Especial de autónomo de la Seguridad Social, a fecha de 14 de marzo, y que mantengan el alta cuatro meses desde la fecha de inicio de la convocatoria de ayudas.
  • Que en el ejercicio fiscal de 2019 las bases liquidables general y de ahorro en el IPRF no superen 5,5 veces el Indicador de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) de 2020 (41.357,74 euros) si presentan declaración individual, o siete veces el IPREM (52.637,13) si presentan declaración conjunta.
  • Ser arrendatarios del local de negocio o establecimiento en el que desarrollan su actividad, y justificar su depositado en la Agencia de Vivienda de Rehabilitación de Andalucía (AVRA). Se excluyen aquellos arrendamientos que forman parte de la vivienda habitual del solicitante.
  • En la línea 2, la actividad debe estar incluida en los CNAE correspondientes a establecimientos de bebidas; u otras actividades recreativas y de entretenimiento.
  • Dni/Nie de la persona solicitante.
  • La acreditación de la titularidad de la cuenta bancaria se efectuará mediante declaración responsable.

La tramitación, plazos y resolución:

La tramitación es de forma telemática: https://juntadeandalucia.es/
organismos/empleoformacionytrabajoautonomo/servicios/procedimientos.html.

La solicitud, son 20 días hábiles a contar desde la publicación de la convocatoria en BOJA.

La resolución, son 2 meses desde la solicitud, con un solo abono del 100% de la ayuda por transferencia bancaria.

Mas información:

En el Decreto-ley 24/2020, de 22 de septiembre, por el que, con carácter extraordinario y urgente, se adoptan medidas en materia de empleo y servicios sociales, como consecuencia de la situación generada por el coronavirus (COVID-19); publicado en el BOJA extraordinario nº 58, del 22 de septiembre del 2020.

Tags: Andalucía, autónomos, Ayudas al alquiler, Infantil, Junta de Andalucía, Ocio Nocturno

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