Subvenciones al fomento de los servicios turísticos, creación de nuevos productos y de nuevas empresas turísticas

Emprendimiento

Subvenciones de la Consejería de Turismo y Comercio para el fomento de los servicios turísticos y la creación de nuevos productos, en sus modalidades de crecimiento y consolidación de las empresas turísticas (Modalidad PYMETUR) y creación de nuevas empresas turísticas (Modalidad EMPRENTUR).

Beneficiarios:
– Modalidad PYMETUR: Microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) andaluzas ya constituidas.
– Modalidad EMPRENTUR: Las empresas que vayan a constituirse en Andalucía, con posterioridad a la solicitud de ayuda y con anterioridad a la fecha de la resolución de la misma.

Conceptos Incentivables:
1. Establecimientos de alojamiento turístico.
a) Establecimientos hoteleros:
a.1. Mejora y modernización de los establecimientos, priorizándose las necesarias para la obtención de categoría superior a tres estrellas y las dirigidas a incrementar la información y la accesibilidad (adaptación de espacios para personas discapacitadas; actuaciones dirigidas a fomentar la accesibilidad cognitiva, asegurando la comprensión y orientación en el entorno y la información de aquellas personas que puedan mostrar dificultades en la comprensión y adaptación a los entornos; aumentar el número de habitaciones para personas discapacitadas por encima de lo exigido por la normativa vigente; la creación de itinerarios accesibles dentro de establecimientos de alojamiento turístico; o la implantación de sistemas de señalización acústica y visual, entre otros).
a.2. La creación de instalaciones que contribuyan a diversificar y cualificar la oferta de servicios complementarios y de ocio.
a.3. Creación de establecimientos hoteleros rurales de categoría cuatro estrellas o superior.
b) Campamentos de Turismo:
Mejora y modernización de las instalaciones fijas de uso colectivo, accesos, viales, aparcamientos, cerramientos, sistemas de seguridad, instalación eléctrica, agua potable, servicios higiénicos y tratamiento y eliminación de residuos sólidos y aguas residuales, que se concreten en alguna de las siguientes actuaciones:
b.1. Las dirigidas a incrementar la categoría del establecimiento.
b.2. Las dirigidas a incrementar la accesibilidad (adaptación de espacios para personas discapacitadas; actuaciones dirigidas a fomentar la accesibilidad cognitiva, asegurando la comprensión y orientación en el entorno y la información de aquellas personas que puedan mostrar dificultades en la comprensión y adaptación a los entornos; la creación de itinerarios accesibles dentro de establecimientos de alojamiento turístico; o la implantación de sistemas de señalización acústica y visual, entre otros).
b.3. Establecimiento y mejora de la señalización interior.
b.4. Recuperación y tratamiento paisajístico, adecuando las instalaciones al entorno.
c) Establecimientos de apartamentos turísticos y casas rurales.
Creación, ampliación, mejora y modernización de establecimientos de apartamentos turísticos y de casas rurales, en los supuestos siguientes:
c.1. El acondicionamiento de conjuntos arquitectónicos singulares para su aprovechamiento turístico y la reforma y acondicionamiento de edificaciones tradicionales para su integración en la oferta reglada.
c.2. Las dirigidas a incrementar la categoría del establecimiento.
c.3. Las dirigidas a incrementar la accesibilidad (adaptación de espacios para personas discapacitadas; actuaciones dirigidas a fomentar la accesibilidad cognitiva, asegurando la comprensión y orientación en el entorno y la información de aquellas personas que puedan mostrar dificultades en la comprensión y adaptación a los entornos; la creación de itinerarios accesibles dentro de establecimientos de alojamiento turístico; o la implantación de sistemas de señalización acústica y visual, entre otros).
c.4. La creación de instalaciones que contribuyan a diversificar y cualificar la oferta de servicios complementarios y de ocio.
2. Viviendas turísticas de alojamiento rural: Reformas para su transformación en establecimiento de alojamiento turístico rural.
3. Establecimientos relacionados con segmentos turísticos emergentes (turismo gastronómico, cultural, industrial, turismo de salud, turismo activo, entre otros) y con la industria del ocio y el entretenimiento que puedan tener una incidencia significativa en la atracción de turistas:
a) Creación, mejora y modernización de estos establecimientos.
b) Mejora de la accesibilidad (adaptación de espacios para personas discapacitadas; actuaciones dirigidas a fomentar la accesibilidad cognitiva, asegurando la comprensión y orientación en el entorno y la información de aquellas personas que puedan mostrar dificultades en la comprensión y adaptación a los entornos; la creación de itinerarios accesibles dentro de establecimientos de alojamiento turístico; o la implantación de sistemas de señalización acústica y visual, entre otros).
4. Agencias de viaje.
a) Modernización tecnológica.
b) Mejora de la accesibilidad.
5. Servicios de información turística:
a) Modernización tecnológica.
b) Mejora de la accesibilidad.
6. Creación de rutas, itinerarios y circuitos turísticos ligados a la gastronomía, la naturaleza, la cultura y el deporte.
7. Creación de productos turísticos.
a) Proyectos e iniciativas concretas tendentes a aumentar los índices de ocupación en las temporadas baja y a combatir la estacionalidad
b) Creación y/o diversificación de nuevos productos que permitan reforzar los mercados tradicionales, tanto el nacional como el internacional, apostando por segmentos de alta rentabilidad y con gran potencial de crecimiento, desde el punto de vista turístico.
c) Creación de productos turísticos accesibles dirigidos a personas con discapacidad.
8. Instalación, mejora de la accesibilidad y modernización de chiringuitos (establecimientos expendedores de comidas y bebidas al servicio de la playa).

Plazo:  un mes, desde su publicación en BOJA.

Enlace a la Orden: http://www.juntadeandalucia.es/boja/2017/70/BOJA17-070-00021-6274-01_00111577.pdf

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