Subvenciones a la modernización y mejora de la competitividad de las Pymes comerciales y artesanas de Andalucía

Emprendimiento

Se convocan las subvenciones a la modernización y mejora de la competitividad de las Pymes comerciales y artesanas de Andalucía, para el 2022.

Plazo de presentación: hasta el 1 de marzo de 2022.

Proyectos Subvencionables:

a) Modalidad A. Proyectos de modernización digital de las pymes comerciales y artesanas, que persigue impulsar la transformación de las pequeñas empresas comerciales y artesanas a través de las TIC y su incorporación al ámbito digital.

b) Modalidad B. Proyectos de modernización y actualización de las pymes comerciales y artesanas, que les permita marcar la diferencia frente al resto de formatos, atrayendo a nueva clientela con el fin de incrementar su productividad.

Cuantía Subvencionables:

La inversión mínima a realizar para que el proyecto sea subvencionable y los importes máximos subvencionables por establecimiento y por pyme son las siguientes: 

a) Subvención máxima por establecimiento 6.000 € para la Modalidad A y 15.000 € para la Modalidad B.

b) Subvención máxima por pyme (varios establecimientos) 12.000 € para la Modalidad A y 26.250 € para Modalidad B.

c) La Inversión mínima en ambas modalidades será de 1.500 €.

Conceptos Subvencionables:  

1. Para el desarrollo de los proyectos de la modalidad A serán subvencionables las siguientes actuaciones:

a) En el ámbito de la mejora de la gestión, las actuaciones dirigidas a la implantación de soluciones digitales en todos los procesos de negocio de la empresa, ya sean relacionadas con la gestión empresarial o directamente con el proceso de comercialización, tales como: 

1.ª Programas de gestión, contabilidad, facturación, relaciones con clientes y proveedores, gestión de almacén, automatización de ventas, u otros similares. 

2.ª Terminal punto de venta (en adelante TPV), sistemas de codificación y lectura óptica de productos, implantación de etiquetas electrónicas y similares. 

3.ª Software, programas, herramientas, aplicaciones u otras soluciones digitales para la implementación de proyectos de gestión de las relaciones con clientes (comúnmente denominados por las siglas de su denominación en inglés, Customer Relationship Management: en adelante CRM), u otras actuaciones de fidelización de clientes. 

4.ª Balanzas electrónicas y similares. 

5.ª Sistemas de contadores de personas en las diferentes áreas del comercio, escaparates virtuales, cartelería digital, u otras soluciones en el espacio de venta. 

6.ª Cualquier otra solución digital que introduzca mejoras en el sistema de gestión y/o comercialización, o permita avanzar al establecimiento hacia la experiencia omnicanal del cliente. 

7.ª En el caso de pymes artesanas, además cualquier solución digital que introduzca mejoras en el sistema de producción. Será subvencionable tanto la adquisición del software como del equipamiento informático y tecnológico necesario para su implantación y puesta en marcha, incluidas las altas y licencias del primer año y la capacitación necesaria para ello. 

b) En el ámbito del comercio electrónico se podrán subvencionar una o varias de las siguientes actuaciones dirigidas a la implantación de una estrategia de comercialización on-line de la empresa: 

1.ª Creación y diseño de aplicaciones para móviles o sitios web con información corporativa, catálogo de productos, u otra información necesaria en este tipo de aplicaciones. En este caso, serán subvencionables los gastos de programación, diseño y elaboración de contenidos. 

2.ª Diseño e implantación de una tienda on-line. Para el desarrollo técnico de la tienda on-line se podrán utilizar tanto plataformas open source, como plataformas «en la nube», o bien realizar un desarrollo a medida. 

3.ª Adaptación del sitio web del establecimiento comercial a los dispositivos móviles. 

4.ª Implantación de cualquier otra herramienta o complemento de comercio electrónico que permita avanzar al establecimiento hacia la experiencia omnicanal del cliente. 

5.ª Actuaciones de comunicación, publicidad y marketing en Internet, tales como enlaces patrocinados o marketing en buscadores o SEM (comúnmente conocido por las siglas de su denominación en inglés «Search Engine Marketing»SEM), para dar a conocer la tienda online y promocionar los productos; las acciones de posicionamiento web o SEO (denominación procedente de su denominación en inglés«Search Engine Optimization»); o campañas de email-marketing (envío de newsletters o mails a los clientes). 

6.ª Contratación de una empresa externa que ofrezca el servicio de gestión de las redes sociales, o community management.

2. En los proyectos de la modalidad B, destinados a la modernización y actualización de las pymes comerciales y artesanas, serán subvencionables una o varias de las siguientes actuaciones: 

a) Los costes de los servicios profesionales de elaboración y redacción del proyecto de reforma y/o decoración. 

b) Obras de reforma y acondicionamiento de la superficie de exposición y venta del local comercial o establecimiento artesano. 

c) Adquisición de equipamiento y mobiliario de uso en la zona dedicada a la exposición y venta. 

d) Obras de mejora y acondicionamiento de la fachada exterior del local comercial o establecimiento artesano, incluidos los elementos necesarios para ello, como por ejemplo escaparate, carteles, puertas y toldos. 

e) En el caso de pymes artesanas además la adquisición de equipamiento y maquinaria utilizados en el proceso de elaboración de los productos artesanos.

Beneficiarias y requisitos

1. Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las personas físicas o jurídicas, legalmente constituidas como empresas, así como las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas, que aún careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos o actividades objeto de subvención.  Requisitos: 

a) Tener la condición de pyme . 

b) Desarrollar su actividad comercial o artesana en Andalucía.

c) Las pymes de comercio minorista deben estar de alta en su correspondiente IAE (epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas) e inscritas en el registro de comercio de la Junta de Andalucía. 

d) Las pymes artesanas deben estar de alta en su correspondiente IAE e inscritas en el registro de Artesanos de la Junta de Andalucía. 

Más información:

Enlace a la Resolución: https://www.juntadeandalucia.es/boja/2022/16/BOJA22-016-00008-863-01_00254143.pdf
Enlace al Extracto: https://www.juntadeandalucia.es/boja/2022/16/BOJA22-016-00003-865-01_00254144.pdf
Enlace a las Bases: https://www.juntadeandalucia.es/boja/2020/524/BOJA20-524-00042-4956-01_00172366.pdf

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