Las personas que han trabajado menos de un año, tienen derecho a recibir la prestación del subsidio por desempleo, siempre y cuando cumplan las siguientes condiciones, en el momento de estar desempleado y de presentar la solicitud del subsidio:
- Estar desempleado y en situación legal de desempleo.
- Estar inscrito como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.
- Haber cotizado por desempleo al menos 3 meses, si la persona tiene cargas familiares , o al menos 6 meses si no las tiene. En el caso de tener cotizado un nacho, se tiene derecho a la prestación contributiva.
- No percibir rentas que superen el 75% del SMI (salario mínimo interprofesional).
Además, si la persona es mayor de 52 años, tiene derecho a recibir el subsidio de desempleo para personas trabajadoras mayores de 52 años.
Si se interrumpe el cobro de una prestación contributiva por haber trabajado en el último año, se debe solicitar la reanudación de dicha prestación. Si interrumpió el subsidio por desempleo para trabajar menos de 12 meses, tendrá que reanudarlo.
Duración
La duración depende del número de meses cotizados y de las cargas familiares.
- Con cargas familiares:
- El subsidio durará 3, 4 o 5 meses, si se ha cotizado 3, 4 o 5 meses, respectivamente.
- El subsidio durará 21 meses, si se ha cotizado 6 o más meses.
- Sin cargas familiares, le corresponden 6 meses, si se ha cotizado 6 o más meses.
Las personas trabajadoras con contratos fijas discontinuas, la duración del subsidio será igual al número de meses cotizados por desempleo en el año anterior a la solicitud.
Las cotizaciones derivadas de este subsidio, no computan para solicitar una nueva prestación de nivel contributivo o asistencial.
Cuantía
La cuantía mensual del subsidio por desempleo es igual al 80% del IPREM (indicador público de renta de efectos múltiples). En el caso de personas desempleadas con contratos a tiempo parcial, se percibirá en proporción a las horas trabajadas en el último contrato.
Además el SEPE, cotizará a la Seguridad Social por asistencia sanitaria, y por protección a la familia; y por jubilación, para mayores de 52 años.
El pago del subsidio, se realizarán en la cuenta bancaria del titular, entre los días 10 y 15 del mes inmediato siguiente al que corresponda el devengo.
El plazo de solicitud: 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la situación legal de desempleo. Si se presenta fuera de plazo, se tendrá derecho a la prestación, pero se descontará los días que ha estado fuera de plazo.
La solicitud se podrá presentar a través de:
• La sede electrónica del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal).
• En las oficinas de prestaciones del SEPE.
• En cualquier oficina de registro público.
• Por correo administrativo.