Las medidas más importantes del incentivo del Trabajo Autónomo, con la Ley 31/2015, que entra en vigor a partir del 10 de octubre del 2015 son:
– Los autónomos mantienen la tarifa plana, aunque contraten trabajadores. La tarifa plana se aplica para la primera alta como autónomo o cuando no hubieran estado en esta situación de alta en los 5 años inmediatamente anteriores, en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.
– Revisión de la tarifa plana. La cuota por contingencias comunes se fija en 50 euros exactos durante los primeros seis meses, ampliándose hasta doce meses en el caso de personas con discapacidad, víctimas del terrorismo y de la violencia de género. De los meses 7 al 12, se aplica el 50% de reducción, que se quedaría en 2015 en 134,06 euros. De los meses 13 al 18, se aplica un 30% de reducción, siendo las bases y tipos de cotización de 2015 en 186,25 euros. Esta bonificación se amplia hasta los 30 meses, para los menores de 30 años, y menores de 35 años en el caso de mujeres.
– Compatibilidad del paro con ser autónomo, durante nueve meses, indistintamente de la edad de la persona autónoma.
– Segunda oportunidad para parados que emprendan. Los desempleados que estén cobrando el paro y emprendan podrán solicitar la reanudación del cobro de la prestación por desempleo hasta cinco años después de haber iniciado su actividad.
–Capitalización del desempleo. Se puede capitalizar el 100% del desempleo para la inversión inicial, independientemente de la edad. También se puede realizar aportaciones al capital social de todo tipo de sociedades mercantiles de nueva creación, y utilizarla para cubrir los gastos de constitución así como para adquirir servicios específicos de asesoramiento, formación e información.
–Bonificaciones autónomos colaboradores. Se amplía el incentivo para el alta en la afiliación de nuevos familiares colaboradores hasta 24 meses. La ampliación de la bonificación en los 6 meses adicionales será de sólo el 25%.
– Apoyo a la conciliación de los autónomos dependientes (Trade). Se refuerza su protección en casos de maternidad o paternidad o de cuidado de menores de siete años, permitiendo que contraten a un autónomo que les sustituya y bonificando con hasta el 100% su cuota de autónomos.
– Ampliación de las bonificaciones para la incorporación de socios en entidades de economía social. Bonificación de 800 €/año a lo largo de tres años para facilitar la incorporación de socios trabajadores o de trabajo a las cooperativas y sociedades laborales. Para menores de 30 años se aumenta la cuantía a 1.650 € el primer año.