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Desgravaciones fiscales en el audiovisual con las Agrupaciones de Interés Económico.

junio 15, 2016JonPEmprendimientoNo comments

Las Agrupaciones de Interés Económico (AIE), son entidades con personalidad jurídica y carácter mercantil, cuya finalidad consiste en facilitar el desarrollo o mejorar los resultados de la actividad de sus socios, y cuyo objeto debe limitarse exclusivamente a una actividad económica auxiliar de la que desarrollen sus socios.

Es una herramienta de optimización fiscal para el inversor, al diferir impuestos, y de obtención de fondos económicos para los productores, habiendo dado su vista bueno para esta figura jurídica tanto Hacienda como Bruselas, eliminando las incertidumbres que generaban la AIE cuando se introdujo en la Ley del Cine.

Se caracteriza porque tiene personalidad jurídica propia y mercantil, no exigiéndosele un mínimo de capital social, teniendo un mínimo de 2 socios. Además, debe inscribirse en el Registro de Productores Audiovisuales del ICAA, y más del 50% del coste tiene que realizarse en España. Si es una coproducción internacional, la desgravación fiscal se aplica solo sobre la participación española.

La AIE tiene importantes ventajas fiscales para el patrocinio de producciones cinematográficas, con una deducción en la cuota del impuesto de sociedades entre el 20-18% de los costes de producción, aplicándose en el año que finalice la producción de la película. Además, esa inversión tendrá una rentabilidad extra, si la película genera beneficios.

¿Por qué invertir en una AIE?

Tiene varias ventajas, entre ellas, es la fácil salida que tienen los inversores socios, que venden su participación al productor, que se las  compra para recuperar los derechos de su película.

La mayor ventaja son las desgravaciones fiscales. Es una de las inversiones más seguras para los inversores y con tasas de rentabilidad de las más alta del mercado.  Estos productos financieros son tan interesantes como los incentivos fiscales que tiene el sector naval, pero en el sector audiovisual, se puede participar con menos capital.

¿Cómo se realiza?

El productor de una película crea la AIE, y busca inversores, tanto con personalidad física como jurídica, que compran participaciones.

La AIE es la titular de los derechos de propiedad intelectual de la obra audiovisual que el productor cede hasta su disolución.

La duración de una AIE, que puede ser indefinida, suele tener una duración de 5 años, 2 de producción y 3 de comercialización.

Si eres inversor, la conclusión que sacas de las Agrupaciones de Interés Económico, es que es rentable , invertir en el sector audiovisual como socio de una AIE, porque recuperas la cantidad aportada como financiación para la producción cinematográfica,  más un porcentaje por la deducción de las obligaciones tributarias, con independencia del éxito o fracaso de la película en taquilla, y no se asume la responsabilidad sobre la producción.

Tags: Agrupación de Interés económico, audiovisual, cine, desgravación fiscal, ICAA, jonplazapérez, Ley del Cine, películas, productor

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