El Ministerio de Cultura y Deporte convoca las ayudas para la promoción del sector del videojuego y otras formas de creación digital, correspondientes al año 2021.
Beneficiarios: los profesionales inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y las pequeñas empresas y las microempresas, sean de nacionalidad española, de cualquier Estado miembro de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y tengan residencia fiscal en España.
Objeto: Las ayudas para la promoción del sector del videojuego y otras formas de creación digital tienen por objeto el apoyo a proyectos de videojuegos, tanto aquellos cuya distribución sea a través de los canales existentes (PC; consolas; móvil; TV o plataformas de «streaming») como los que se desarrollen para industrias emergentes (serious games; cloud gaming; weareables; industria 4.0;. ..), y a proyectos vinculados con otras formas de creación digital (narraciones transmedia y crossmedia; podcasts; realidad extendida, aumentada, mixta y virtual…). Todos los proyectos deberán tener interés cultural.
Se pretende potenciar las inversiones públicas y privadas en este sector, crear empleo, reforzar la marca España del sector del Videojuego y aumentar la financiación privada y el mecenzago.
Plazo: quince días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de este extracto en el BOE (16 dejunio), y se presenta por la Sede Electrónica del Ministerio de Cultura y Deporte hasta las 14 horas del último día de presentación.
Características de las Ayudas:
- El importe máximo imputable a la subvención será de 1.000.000 €
- Subvención máxima: hasta 100.000 € (irá en función de la escala de puntuación obtenida y la cantidad solicitada).
- Los proyectos que obtengan 50 o más puntos se les asignará una cantidad provisional, que se podrá hacer efectiva como ayuda en función de las disponibilidades presupuestarias y una vez se dicte resolución de concesión.
- La financiación se asignará siguiendo el orden de puntuación de los proyectos.
- El importe máximo incentivable es del 80% total del proyecto., aportado la empresa, al menos un 20% del fondos propios.
- Plazo de ejecución de las inversiones, hasta el 31 de marzo de 2022.
Los gastos incentivables:
- Inmovilizaciones intangibles = Investigación, desarrollo, propiedad industrial y aplicaciones informática, publicidad y comunicación (incluyen nóminas de personal).
- Inmovilizaciones materiales = instalaciones técnicas, maquinaria, utillaje, equipos de oficina, equipos para procesos de información.