Ayudas al Comercio y Hostelería en Málaga capital por el Covid-19

Emprendimiento

Abierta la convocatoria de CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DIRIGIDAS AL APOYO, MANTENIMIENTO Y REACTIVACIÓN DE AUTÓNOMOS Y DE PYMES DE COMERCIO MINORISTA Y HOSTELERÍA RADICADAS EN EL MUNICIPIO DE MÁLAGA Y AFECTADAS POR LA COVID 19.

Cuantía de la Ayuda. Reducción de facturación:

Entre el 30% y menos de un 40%: 2.000 euros

De 40% a 60%: 2.500 euros

Más de un 60%: 3.000 euros

Fecha de solicitud: 2 de febrero a 2 de Marzo

Solicitud de las ayudas: se presentarán conforme al modelo incluido en los anexos a estas bases e irán dirigidas al Área de Comercio del Ayuntamiento de Málaga a través del procedimiento telemático establecido en la convocatoria en la web municipal: www.malaga.eu., con CERTIFICADO DIGITAL

  • Podrán ser beneficiarias de las personas físicas o jurídicas, sociedades civiles y comunidades de bienes, legalmente constituidas a fecha 1 de marzo de 2020, que reúnan los siguientes requisitos:
    a) Que ejerzan una actividad de comercio o de hostelería de las señaladas a continuación en Málaga:
    – En lo que al comercio al por menor de pastelería, y confitería.
    – Comercio al por menor de helados
    – Comercio al por menor de bombones y caramelos
    – Comercio al por menor de masas fritas, con o sin coberturas o rellenos, patatas fritas, productos de aperitivo, frutos secos, golosinas, preparados de chocolate y bebidas refrescantes
    – Comercio al por menor de productos textiles, confecciones para el hogar, alfombras y similares y artículos de tapicería
    – Comercio al por menor de toda clase de prendas para el vestido y tocado
    – Comercio al por menor de lencería y corsetería
    – Comercio al por menor de artículos de mercería y paquetería
    – Comercio al por menor de prendas especiales
    – Comercio al por menor de calzado, artículos de piel e imitación o productos sustitutivos, cinturones, carteras, bolsos, maletas y artículos de viaje en general
    – Comercio al por menor de confecciones de peletería
    – Comercio al por menor de productos de droguería, perfumería y cosmética, limpieza, pinturas, barnices, disolventes, papeles y otros productos para la decoración y de productos químicos
    – Comercio al por menor de productos de perfumería y cosmética, y de artículos para la higiene y el aseo personal
    – Comercio al por menor de plantas y hierbas en herbolarios
    – Comercio al por menor de muebles
    – Comercio al por menor de material y aparatos eléctricos, electrónicos, electrodomésticos y otros aparatos de uso doméstico accionados por otro tipo de energía distinta de la eléctrica, así como de muebles de cocina
    – Comercio al por menor de artículos de menaje, ferretería, adorno, regalo o reclamo (incluyendo bisutería y pequeños electrodomésticos)
    – Comercio al por menor de materiales de construcción y de artículos y mobiliario de saneamiento
    – Comercio al por menor de puertas, ventanas y persianas, molduras y marcos, tarimas y parquet-mosaico, cestería y artículos del corcho
    – Comercio al por menor de artículos de bricolaje
    – Comercio al por menor de otros artículos para el equipamiento del hogar NCOP
    – Comercio al por menor de vehículos terrestres
    – Comercio al por menor de accesorios y piezas de recambio para vehículos terrestres
    – Comercio al por menor de vehículos aéreos
    – Comercio al por menor de vehículos fluviales y marítimos de vela o motor y deportivos.
    – Comercio al por menor de toda clase de maquinaria (excepto aparatos del hogar, de oficina, médicos, ortopédicos, ópticos y fotográficos).
    – Comercio al por menor de cubiertas, bandas o bandajes y cámaras de aire para toda clase de vehículos
    – Comercio al por menor de bienes usados tales como muebles, prendas y enseres ordinarios de uso doméstico
    – Comercio al por menor de instrumentos musicales en general, así como de sus accesorios
    – Comercio al por menor de sellos, monedas, medallas conmemorativas, billetes para coleccionistas, obras de arte y antigüedades, minerales sueltos o en colecciones, fósiles, insectos, conchas, plantas y animales disecados
    – Comercio al por menor de muebles de oficina y de máquinas y equipos de oficina.
    – Comercio al por menor de aparatos e instrumentos médicos, ortopédicos, ópticos y fotográficos.
    – Comercio al por menor de libros, periódicos, artículos de papelería y escritorio, y artículos de dibujo y bellas artes
    – Comercio al por menor de artículos de joyería, relojería, platería y bisutería
    – Comercio al por menor de juguetes, artículos de deporte, prendas deportivas de vestido, calzado y tocado, armas, cartuchería y artículos de pirotecnia
    – Comercio al por menor de semillas, abonos, flores y plantas y pequeños animales.
    – Comercio al por menor de toda clase de artículos, incluyendo alimentación y bebidas
    – En cafeterías
    – De cafés y bares, con y sin comida
    – Servicios en chocolaterías, heladerías y horchaterías
    – Agencias de viajes
    – Enseñanza no reglada de formación y perfeccionamiento profesional y educación superior
    – Otras actividades de enseñanza
    – Instalaciones deportivas y servicios de perfeccionamiento del deporte
    – Lavanderías, tintorerías y servicios similares
    – Salones de peluquería, institutos de belleza y similares
    – Servicios fotográficos, máquinas automáticas fotográficas y servicios de fotocopias.
    – Servicios de enmarcación

Plazo de resolución: 3 Meses a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Plazo de validez y recurso: Recurso de reposición sin efectos suspensivos en el plazo de un mes.

Documentación:

Requisitos necesarios Base 4 de la convocatoria ayudas pymes 362,28 KB

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