Desde el día 1 de octubre del 2018 los trabajadores autónomos deben realizar sus trámites por vía electrónica, incluida la recepción y firma de notificaciones, según la Orden Ministerial ESS/214/2018, de 1 de marzo que modifica la Orden ESS/484/2013 reguladora del Sistema de Remisión Electrónica de Datos (Sistema RED) .
El trabajador autónomo dispondrá de un período transitorio de seis meses desde la entrada en vigor de la norma para que la obligación del uso de medios electrónicos sea efectiva. Por tanto, la obligación será efectiva a partir del día 1 de octubre de 2018 para todos los trabajadores autónomos que en esa fecha se encuentren en alta en los regímenes afectados
¿A quién afecta esta orden?
- Las personas empresarias individuales.
- Los trabajadores del Sistema Especial de Trabajadores Agrarios (SETA).
- Los trabajadores del grupo I del Régimen Especial de Trabajadores del Mar.
¿Dónde puedo gestionar mis trámites con la Tesorería General de la Seguridad Social?
La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) dispone de dos canales electrónicos a través de los cuales el trabajador autónomo podrá realizar sus gestiones:
- El Sistema RED (Remisión Electrónica de Datos).A través de este sistema, el autorizado RED actuará en representación del trabajador autónomo.
- La Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS). El trabajador autónomo puede realizar directamente sus trámites con la TGSS a través de diversos servicios electrónicos disponibles en la SEDESS.
Para acceder a los servicios de la SEDESS, existen diferentes sistemas de autenticación del trabajador autónomo:.
- El Certificado electrónico admitido por la Seguridad Social.
- El DNI electrónico
- El Sistema Cl@ve, que es un procedimiento de identificación, autenticación y firma electrónica común para todas las Administraciones Públicas basado en la utilización de claves concertadas previo registro del ciudadano
Las oficinas de la Seguridad Social facilitan la obtención del certificado personal dela Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) y el registro en el Sistema Cl@ve.
¿Qué trámites se pueden gestionar de forma ágil y segura?
Trámites relacionados con la afiliación y la cotización a la Seguridad Social:
- Alta en RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos).
- Baja en Reta.
- Cambio de Base de cotización
- Modificación de la actividad.
- Solicitud de modificación para el año próximo en la cobertura de contingencias RETA.
- Variación de datos identificativos laborales en RETA
Además, se puede solicitar los siguientes informes y certificados:
- Duplicado de resolución de alta/baja en RETA.
- Informe de bases y cuotas ingresadas.
- Certificados e informes de estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.
Otras gestiones que se pueden hacer son:
- Duplicado de documento de afiliación
- Informe de vida laboral.
- Informe de bases de cotización.
- Domiciliación del pago de cuotas a la seguridad social
- Cambio de domicilio.
- Comunicación de teléfono y correo electrónico.
- Devolución de ingresos de regímenes y sistemas especiales.
- Aplazamiento en el pago de deudas a la Seguridad Social.
- Consulta de deudas y obtención de documentos de ingreso.
- Pago con tarjeta de deudas con la Seguridad Social.
¿Qué actos nos pueden notificar telemáticamente?
- Procedimientos recaudatorios, como reclamaciones de deuda; apremio por cuotas; aplazamiento del pago de deudas con la Seguridad Social; devolución de ingresos indebidos a la Seguridad Social, etc.
- Procedimientos sobre moratorias y diferimientos.
- Las resoluciones de la Tesorería General sobre actas de liquidación, imposición de sanciones e impugnaciones.
Paulatinamente se incorporarán al Servicio el resto de procedimientos relacionados con la TGSS.
Más información en https://sede.seg-social.gob.es